Los gastos de viaje calificados están determinados por la Sección 132(f) del Código de Rentas Internas del IRS. Hay dos categorías separadas de gastos de cuentas de viajeros:
Gastos elegibles de la cuenta de transporte público
- Transporte terrestre (ej: autobuses, trenes, subterráneos, teleféricos)
- Transporte acuático (por ejemplo, pases de ferry)
Gastos subvencionables de la cuenta de aparcamiento
- Estacionamientos
- Estacionamientos
- Parquímetros
- Tarifas de estacionamiento para estacionar en o cerca de lugares utilizados para ir al trabajo (generalmente instalaciones de transporte público)
Gastos no subvencionables
- Peajes
- Taxis
- Aplicaciones tradicionales de viajes compartidos (Uber, Lyft, etc.)
Vea una lista completa de los gastos elegibles.