Este beneficio está destinado únicamente a los gastos de desplazamiento relacionados con el trabajo. Los gastos de aparcamiento elegibles incluyen las tasas de aparcamiento incurridas en o cerca de los lugares que se utilizan para desplazarse al trabajo. Sin embargo, aparcar en o cerca de propiedades utilizadas con fines residenciales no es elegible, incluyendo las tasas de aparcamiento para empleados que residen en edificios residenciales de alquiler donde trabajan.
Los gastos de viaje calificados están determinados por la Sección 132(f) del Código de Rentas Internas del IRS. Hay dos categorías separadas de gastos de cuentas de viajeros:
Gastos elegibles de la cuenta de transporte público
- Transporte terrestre (ej: autobuses, trenes, subterráneos, teleféricos)
- Transporte acuático (por ejemplo, pases de ferry)
Gastos subvencionables de la cuenta de aparcamiento
- Estacionamientos
- Estacionamientos
- Parquímetros
- Tarifas de estacionamiento para estacionar en o cerca de lugares utilizados para ir al trabajo (generalmente instalaciones de transporte público)
Gastos no subvencionables
- Peajes
- Taxis
- Aplicaciones tradicionales de viajes compartidos (Uber, Lyft, etc.)
Vea una lista completa de los gastos elegibles.