Este beneficio está destinado únicamente a los gastos de desplazamiento relacionados con el trabajo. Los gastos de parqueadero elegibles incluyen las tasas de parqueadero incurridas en o cerca de los lugares que se emplean para desplazar al trabajo. Sin embargo, parquear en o cerca de propiedades empleadas con fines residenciales no es elegible, incluyendo las tasas de parqueadero para empleados que residen en edificios residenciales de alquiler donde trabajan.
Los gastos de viaje calificados están determinados por la Sección 132 (f) del Código de Rentas Internas del IRS. Hay dos categorías de gastos de cuentas de cercanías separadas :
Gastos elegibles de la cuenta de tránsito
- Transporte terrestre (por ejemplo: colectivos, trenes, metros, teleféricos)
- Transporte acuático (por ejemplo, pases de ferry)
Gastos elegibles de la cuenta de estacionamiento
- Estacionamientos
- Estacionamientos
- Parquímetros
- Tarifas de estacionamiento por estacionar en o cerca de lugares empleados para viajar al trabajo (generalmente instalaciones de transporte gubernamental)
Gastos no subvencionables
- Peajes
- Taxis
- Aplicaciones tradicionales de viajes compartidos (Uber, Lyft, etc.)
Vea una lista completa de gastos elegibles.